martes, mayo 12, 2009
PLAN DE ARBITRIOS: 1938
Tanto los datos estadísticos como económicos de antaño nos proporcionan no sólo un parámetro comparativo para imaginar el nivel de vida pretérita, también, entre el costo de un servicio y otro, de un producto o de alguna actividad, suele su análisis, provocar desconciertos o tendencias que privilegian a específicos sectores. Por ejemplo, en los datos sobre impuestos para 1938, se aprecia en su designación la clara intención de mermar más a unos que a otros.
Chusco, encontrar que, salía más caro matar un buey que contraer matrimonio, absurdo los impuestos sobre peleas de gallos, sobre bebidas alcohólicas y carreras de caballos; así como del movimiento ganadero, claro, habría que considerar que las familias en el poder municipal (desde su fundación) degustaban de esas recreativas actividades y que eran ellos mismos los grandes ganaderos y por igual, dueños de los centros sociales llamadas cantinas. Ello, comparado con lo impuesto para el productor de piloncillo, para el carnicero, para el cirquero, entre otros esfuerzos de informales movimientos mercantiles populares, pues dista mucho de ser justo, equitativo, proporcional. Pero bueno, todo sea por los ingresos.
“PLAN DE ARBITRIOS DEL MUNICIPIO DE TAMASOPO, S.L.P., PARA EL AÑO DE 1938.
IMPUESTO DE PATENTE.- Además de los que menciona la Ley de Ingresos a favor de los Municipios, están los siguientes: Un impuesto de $0.50 por introducción de cerveza 60/2 bot. o 96/5 litros. Un impuesto de $0.50 por cada caja de Tequila. Un impuesto por litro de Aguardiente Caña $0.05. Extracción de piloncillo $0.50 por carga Comprador. Extracción de piloncillo cosechero $0.25 carga. Extracción de maíz y de ganado a juicio del C. Presidente Municipal.
VENDEDORES AMBULANTES:
Barilleros, Fotógrafos, Fruteros, Neveros, Puestos Ambulantes, Puestos de ropa pagarán por semana $0.25, Puesto de Ferretería de $0.50 (minímun) $1.00 (máximun).
ESTABLECIMIENTOS VARIOS:
Hoteles $6.00 mensual, Fondas de $2.00 a $4.00, Molinos de Nixtamal $1.00.
DIVERSIONES PÚBLICAS Y JUEGOS PERMITIDOS POR LA LEY:
Peleas de gallos 3% de apuesta, Carreras de caballos 3% de apuesta, Teatro, Cine, Circo 25% de entrada bruta, Licencia para Baile Especulación de $5.00 a $15.00, Gallos por la noche de $0.50 a $1.00, Extracción de ganado por cabeza de .10 a .20, Lotería de Objetos por cada noche o día de .50 a 1.00, Muchicanga de .50 a 1.00.
REGISTRO CIVIL
Derechos de Matrimonio de 3.00 a 5.00
RASTRO
Degüello de un buey 5.20, degüello de novillo 4.00, degüello de vaca 3.00, degüello de becerro 2.60, cerdo a 3 centavos kilo, carnero o chivo a 5 centavos kilo.
Villa de Tamasopo, S.L.P. Enero 1º de 1938
El Presidente Municipal Juan Chavira
El Srio. Juan Ruiz”. (Rúbricas)
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