“COMISION LOCAL AGRARIA
SOLICITUD de los vecinos de JAGUEY DE
LOS CASTILLOS, Municipalidad de San Nicolás de Tolentino, S. Luis Potosí.
C. Gobernador Constitucional del Estado
Libre y Soberano de San Luis Potosí.
Los que suscribimos, mexicanos, vecinos
de JAGUEY DE LOS CASTILLOS, Municipalidad de San Nicolás Tolentino, ante usted,
con el debido respeto, comparecemos y decimos:
Que en uso del derecho que nos concede
el artículo 27, fracción VI de la Constitución Federal vigente, y hallándonos
comprendidos en el artículo 3°. De la Ley de 6 de enero de 1915, venimos a
solicitar de usted se nos dote de las tierras indispensables para la formación
de nuestros Ejidos, de los cuales carecemos actualmente, siendo por tal motivo,
precaria nuestra situación y nula nuestra independencia política y social; pues
para la atención de nuestras más precisas necesidades nos vemos obligados a
enajenar nuestro servicios, por mezquino jornal, a los poderosos terratenientes
circunvecinos y aceptar, mal que nos pese, su despótica y humillante tutoría
física y moral.
La categoría política de nuestra
agrupación es, según sabemos ranchería.
Estamos limitados al Norte por Hacienda
de “La Labor de Nietos”, al oriente por Laguna de Santo Domingo, al Sur por
Hacienda de Cañas y al Poniente por Hacienda POZO DEL CARMEN, cuyas superficies
aproximadamente son ……. y que resultarán afectadas con nuestra solicitud,
siendo sus propietarios Pedro Moncada Int., Roberto Ipiña Test., y con
domicilio en San Luis Potosí.
El número de jefes de familia que
convivimos en este lugar asciende a 100 cien aproximadamente.
Por lo tanto y de conformidad con lo que
dispone el artículo 6°. de la precitada Ley de 6 de enero de 1915.
A UD. CIUDADANO GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL del ESTADO, respetuosamente pedimos se digne, previos los
trámites correspondientes, acordar de conformidad con nuestra solicitud,
informando al calce de la presente cual es nuestra verdadera categoría
política.
Protestamos lo necesario.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
El Jaguey de los Castillos, 2 de junio
de 1924.
40 firmantes”.
Fuente:
BOLETIN OFICIAL de Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí,
Número 1351, Miércoles 8 de Octubre de 1924.
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