viernes, febrero 25, 2022

SAN MARCOS, MEXQUITIC



“COMISION LOCAL AGRARIA

 

SOLICITUD de los vecinos de la Ranchería de San Marcos, Municipio de Mexquitic, S.L.P.

 

C. Gobernador Constitucional del Estado.

San Luis Potosí, S.L.P.

 

Los que subscribimos, mayores de edad, agricultores, vecinos de la Ranchería llamada San Marcos, Municipio de Mexquitic de este Estado, ante usted con el debido respeto venimos a exponer:

 

Que haciendo uso del derecho que nos concede la fracción 6ª. del artículo 27 de la Constitución General de la República, y hallándonos comprendidos en el artículo 3°. de la Ley de 6 de enero de 1915, y Reglamento Agrario de 10 de abril, venimos a solicitar de usted se sirva disponer que se nos dote de las tierras necesarias para la formación de nuestros Ejidos de los cuales carecemos en la actualidad; pues es el único medio para hacer efectiva nuestra independencia política y social y obtener un mejoramiento económico en nuestra condición por demás precaria actualmente, debido a la carencia de tierras necesarias para labor y agostadero, nos hace estar en una condición hasta lastimosa pues no tenemos el terreno suficiente para pastar nuestros ganados ni sembrar siquiera lo indispensable para sostener a nuestras familias.

 

La ranchería en que vivimos colinda al Poniente con la Hacienda de San Francisco y Puerto Espino, haciendas que tienen la primera una extensión mayor de 20,000 hectáreas y la segunda de más de 8,000, la primera es propiedad de don Valentín Soberón que radica actualmente en la ciudad de México y la segunda es propiedad de doña Luisa Toranzo ignoramos su domicilio.

 

La categoría política de nuestra corporación es la de Ranchería.

 

Nuestra solicitud solo afectaría a las haciendas antes mencionadas, que colindan como dijimos al Poniente de San Marcos.

 

El número de familias que habitamos la ranchería dicha, asciende a 300 poco más o menos.

 

Por tanto, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción 3ª. de la Ley de 6 de enero de 1915, Reglamento Agrario de 10 de abril de 1923 y fracción 6ª. del artículo 27 Constitucional, a usted Ciudadano Gobernador del Estado, respetuosamente pedimos se sirva, previos los trámites legales, acordar de conformidad con esta solicitud, quedando a su deliberación informar sobre nuestra categoría política.

 

Protestamos lo necesario.

 

San Marcos, a 10 de julio de 1924.

 

21 firmantes”.

 

Fuente: BOLETIN OFICIAL de Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Número 1362, Domingo 19 de Octubre de 1924.

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