“Solicitud
de iniciación del expediente de nuevo centro de población ejidal que de
constituirse se denominará Doctor Mora, Municipio de Tamasopo, S. L. P.
Al margen un
sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de la Reforma Agraria.- Dirección General de Procedimientos Agrarios.-
Subdirección de N C.P.E.- Ref. XV 209 ' C".- Exp.: 3596.
Exp.-
"Dr. Mora".
Mpio.-
Tamasopo.
Edo.- San
Luis Potosí.
Vista la
documentación relativa a la solicitud para la creación de un Nuevo Centro de
Población Ejidal que de constituirse se denominará "DR. MORA",
Municipio de Tamasopo, Estado de San Luis Potosí, que el C. Delegado Agrario de
la Cuenca del Río Pánuco remitió a la Subdirección de Nuevos Centros de
Población Ejidal de la Dirección General de Procedimientos Agrarios, mediante
oficio 300, Fechado el 1o. de febrero del año en curso, en términos del
Artículo 328 de la Ley Federal de Reforma Agraria; y, una vez que la citada
Subdirección ha procedido a la evaluación de la misma, de acuerdo a las
facultades que le otorga la Fracción VI, del Artículo 20 del Reglamento
Interior vigente; téngase por formulada la solicitud de referencia en los
términos siguientes:
C. Delegado
de la Reforma Agraria.- Delegación Agraria. Los suscritos, radicados en el
Ejido Crucero Alfa, Municipio de Tamasopo, del Estado de San Luis Potosí, por
carecer en lo absoluto de terrenos propios, a usted atentamente solicitamos con
fundamento en los Artículos 196, 198, 200, 201, 202, 327 y demás relativos de
la Ley Federal de Reforma Agraria, la creación de un Nuevo Centro de Población
Ejidal, manifestamos bajo protesta de decir verdad que somos campesinos y que
nuestra ocupación habitual es el cultivo de la tierra.- Al constituirse el
Nuevo Centro de Población, se denominará "DOCTOR MORA", para lo cual
con fundamento en lo que establece el Artículo 327 de la citada Ley, señalamos
como posible afectación los terrenos comprendidos en la Segunda Fase del
Sistema de Riego Pujal-Coy de irrigación en los municipios Tamuín Ébano, del
Estado de San Luis Potosí.- De conformidad en los Artículos 17 y 18 de la Ley
Agraria, proponemos a las siguientes personas para que constituyan nuestro
Comité Particular Ejecutivo; los que bajo protesta de decir verdad satisfacen
los requisitos establecidos por el Artículo 19 de la misma Ley.- Presidente:
Tobías Jiménez Martínez.- Suplente: Bonifacio Cruz Martínez.- Secretario: Juan
Mendieta Cruz.- Suplente: Apolinar Sánchez García.- Vocal: Paulino Cruz
Martínez.- Suplente: Eleazar Enríquez Morales.- Agregamos a la presente
solicitud acta de la asamblea general en la que se les designó con la
intervención del representante de la Secretaría de la Reforma Agraria.- En
cumplimiento en lo establecido por los Artículos 327 de la Ley Federal de
Reforma Agraria, declaramos en forma expresa nuestra conformidad de
trasladarnos al sitio donde se establezca el Nuevo Centro de Población que
solicitamos y nuestra decisión de arraigar en él.- Señalamos para oír
notificaciones, el Ejido Crucero Alfa, Municipio de Tamasopo, S.L.P.- FIRMAS:
Casimiro Martínez Hernández firma.- Paulino Cruz Martínez, firma.- Apolinar
Sánchez García, firma.- J. Isabel Romero Enríquez, firma.- Eleazar Enríquez
Morales, firma.- Efraín García Montoya firma.- Donacino García Sánchez, firma.-
Juan Sánchez Jiménez, firma.- Tobías Jiménez Martínez, firma.- Ma. del Carmen
Enríquez, firma.- Francisco Enríquez Martínez, firma.- Ricardo Romero Enríquez,
firma.- Dolores Nájera Martínez, firma.- Nemorio Sánchez Guillén, firma.- Álvaro
Hernández Hernández, firma.- Manuel Mendieta Aguillón, huella.- Fidel Rosales
Arriaga, firma.- Susana Enríquez Martínez, firma.- Leonides Nájera Sánchez,
firma.- Mendieta Enríquez, firma.- Bonifacio Cruz Mendieta, firma.- Ana María
Martínez González, firma.- América de la Cruz Sánchez, firma.- Nicolás Enríquez
Landaverde, firma.- Camerino Romero González, firma.- Rubén Martínez Enríquez,
firma.- Ernesto Camacho Chávez, firma.- Severo Martínez Becerra, firma.- J.
Isabel Jiménez Martínez, firma.- Efraín Romero García, huella.- Clemencia Cruz
Martínez, firma.- Genaro Sánchez Mata, huella.- Martín Nájera Sánchez, firma.-
Juan de la Cruz Sánchez, huella.- Lorenzo Godínez Medina, huella.- Pilar Yáñez
Castillo, firma.- Carlota González Muñiz, huella.- Joel Enríquez Landaverde,
firma.- Roberto Romero García firma.- Pablo Enríquez Martínez, firma.- Maximino
Jiménez Martínez, firma.- Margarito Enríquez Morales, firma.- Sergio Enríquez
Morales, firma.- Simón Chávez Enríquez, firma.- Graciano Nájera Calixtro,
firma.- Estela García González, firma.- Jesús Rodríguez Sánchez, firma.-
Simplicio García Ramírez, huella Andrés Leal Márquez, firma.- Faustino Cruz
Martínez, firma.- Felipe Enríquez Morales, firma.- Hermila García González,
firma.- Amado Rodríguez Sánchez, firma.- Rómulo Jiménez Martínez, firma.
Consecuentemente,
procédase a su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el
Periódico Oficial de la Entidad de donde son vecinos los solicitantes, conforme
lo previsto por el numeral 329 del citado Ordenamiento legal.
México, D.
F., a 8 de septiembre de 1982 Cúmplase: El Director General de Procedimientos
Agrarios, Martín Díaz Montero.- Rúbrica.
El Ciudadano
Subsecretario de Asuntos Agrarios de la Secretaría de la Reforma Agraria,
licenciado Guillermo Fonseca Álvarez Certifica: Que la copia que antecede
concuerda con el original que se tuvo a la vista y forma parte del expediente
que se tuvo a la vista y forma parte del expediente que se denomina
"DOCTOR MORA" municipio Tamasopo, Estado de San Luis Potosí y se
expide para ser remitida al Diario Oficial de la Federación para publicación en
la Ciudad de México, Distrito Federal a los ocho días del mes de septiembre de
mil novecientos ochenta y dos.- Guillermo Fonseca Álvarez.- Rúbrica”.
(Diario Oficial de la Federación)
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