sábado, junio 07, 2008

EFÍMERO AGUA BUENA



Las actuales tierras de lo que ahora es Agua Buena y toda la región, fueron propiedad del afamado Gobernador de las Filipinas, el Arzobispo Manuel Antonio Rojo del Río Lafuente Lubián y Vieyra, tierras solo visitadas quizás, por el señor Antonio Ledesma; administrador del primero.

Posteriormente la fortuna le da la espalda al religioso y son expropiados sus inmensos bienes por parte de la corona española, situación que favorece a obscuros planes de Félix María Calleja del Rey quien en complicidad con Felipe Barragán y Jáuregui se adjudican, a favor del segundo, mediante un supuesto remate aún discutible las nada despreciables tierras de aquél caído en desgracia.

La propiedad era considera la más extensa en manos de una sola persona, se extendía desde Ciudad del Maíz y Cárdenas hasta Ébano, claro que había otras dos superficies dentro de esa área, igualmente, nada despreciables: las haciendas de San Ignacio del Buey y la de San Agustín de los Amoles, pertenecientes a la Compañía de Jesús.

En un tiempo muy inestable, los Patriarcas Barragán fallecen, heredando sus vastas pertenencias a sus múltiples vástagos, esto origina el fraccionamiento del latifundio en secciones poco a poco vendidas a extranjeros, traspasadas, arrendadas, en condueñazgo, rentadas, prestadas o invadidas. En el caso de Agua Buena, las tierras pertenecen a la familia Díez Gutiérrez desde mediados del Siglo XIX quienes levantan “La Casa Grande” y formalizan la “Hacienda Agua Buena”, un complejo agropecuario con extensos plantíos de caña de azúcar, naranjas, plátanos y café, aunque los dueños solo la visitaban por cortos períodos de descanso pretendiendo encontrar un poco de tranquilidad que en su agitada vida social cosmopolita no tenían.

Una excelente casa de campo en donde solían en esporádicas ocasiones reunirse una pequeña élite del poder potosino para salir en correrías y practicar uno de sus deportes selectivos; la caza.

Con la llegada formal de la “Río Tamasopo Sugar Company”, el pueblo (que ya existía al menos desde 20 años antes) experimenta un acelerado crecimiento en su población consolidándose así el popular barrio de “Cantarranas” como el grueso que alberga a la clase obrera y jornalera, el sector patronal y sus empleados de suma confianza se establecen justo al otro extremo, en la elevación y anexos de la Hacienda. La ubicación de la Casa Hacienda no es fortuita si consideramos que cada año los ciclones o tormentas asolaban la región desbordando el río y provocando inundaciones en las partes bajas.

El 13 de enero de 1921 el Congreso del Estado declara que la Cabecera temporal del Municipio de San Nicolás de los Montes será Agua Buena, temporalidad que concluye hasta la anexión con Tamasopo en noviembre de 1946. Aunque hay que decir, que Agua Buena se ostenta como Cabecera Provisional del Municipio de San Nicolás de los Montes, desde inicios de 1920, y así consta en documentación propia de las funciones del H. Ayuntamiento establecido en esos años.

Al parecer la mayor influencia para que se decrete que Agua Buena es cede de los poderes municipales es la empresa azucarera pues así conviene a sus intereses, esto origina que desde esa fecha, los Presidentes Municipales de San Nicolás de los Montes sean originarios o vecinos de Agua Buena; restando para aquella localidad solo un Juez Auxiliar.

Anecdótico resulta, mencionar que pocos, muy pocos municipios difieren de ser homónimos de su propia Cabecera Municipal, Agua Buena fue uno de ellos.

Agua Buena, en 1944, extrañamente se transforma en Cabecera de su mismo Municipio, pero continúa siéndolo por igual de San Nicolás de los Montes, en documentos, oficios y circulares de esos tiempos, aparecen indistintamente la referencia en la que comparten ambos municipios la misma cede de Cabecera, aunque, pareciese una confusión o indecisión que les hace remitir Oficios en donde primero expresan “perteneciente al Municipio de Agua Buena” y posterior, en otros tanto, solo lo citan como cede de la Cabecera de San Nicolás de los Montes; no solo durante de 1944 a 1946, incluso muchos años anteriores.

En el Suplemento Número 81 del Periódico Oficial del Estado de fecha 10 de Octubre de 1946, el Poder Legislativo del Estado da a conocer a sus habitantes el DECRETO NUMERO 51. He aquí el contenido:

“EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LAS FRACCIONES I Y X DEL ARTICULO 34 Y III DEL ARTICULO 84 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, DECRETA LO SIGUIENTE:

ARTICULO 1º. Se reforman los Artículos 2º. De la Ley Orgánica del Municipio Libre y 1º. Del Decreto de 14 de noviembre de 1944, expedido por la H. XXXVII Legislatura del Estado, en los términos siguientes:

Los Municipios en que se divide el Estado, serán los siguientes:

Ahualulco, Alaquines, Aquismón, Cárdenas, Cedral, Cerritos, Cerro de San Pedro, Ciudad Valles, Coxcatlán, Ciudad del Maíz, Catorce, Charcas, General Pedro Antonio Santos, Guadalcázar, Villa de Guadalupe, Lagunillas, Matehuala, Moctezuma, Mextiquic, Pedro Montoya, Ramos, Rayón, Rioverde, Salinas, San Luis Potosí, San Martín, San Nicolás Tolentino, Santa Catarina, Santa María del Río, Santo Domingo, Soledad Díaz Gutiérrez, Tamuín, Tamasopo, Tamazunchale, Tampacán, Tampamolón, Tancuayalab, Tanlajás, Tanquián, Vanegas, Venado, Villa de la Paz, Villa de Arriaga, Villa Hidalgo, Villa de Reyes, Villa Juárez, Villa Morelos, Xilitla, Villa de Zaragoza y Villa Alfredo M. Terrazas.

ARTICULO 2º. En consecuencia quedan suprimidos los Municipios de Pozos, Tierra Nueva, Villa Arista, Huehuetlán y Agua Buena.

ARTICULO 3º. Las demarcaciones territoriales suprimidas quedarán con la categoría de Congregaciones Municipales por reunir los requisitos de la Fracción II, Artículo 84 de la Constitución Política del Estado y pasarán a integrar los Municipios vecinos como sigue:

ARTICULO 4º. La demarcación territorial que pertenecía al extinto Municipio de Villa de Pozos pasará a formar parte del Municipio de San Luis Potosí.

ARTICULO 5º. La demarcación territorial que pertenecía al extinto Municipio de Tierra Nueva, pertenecerá en lo sucesivo al Municipio de Santa María del Río.

ARTICULO 6º. El territorio que perteneció al extinto Municipio de Villa de Arista será parte integrante del Municipio de Villa Hidalgo.

ARTICULO 7º. La demarcación territorial del extinto Municipio de Huehuetlán, pasará a formar parte del Municipio de Ciudad Santos.

ARTICULO 8º. El territorio del extinto Municipio de Agua Buena, será parte integrante en lo futuro del Municipio de Tamasopo.

ARTICULO 9º. En las Congregaciones de Pozos, Municipio de San Luis Potosí; Villa Arista, Municipio de Villa Hidalgo; Tierra Nueva, Municipio de Santa María del Río; Huehuetlán, Municipio de Ciudad Pedro Antonio Santos y Agua Buena, Municipio de Tamasopo, funcionarán como Autoridades Municipales un Delegado por cada una de las Congregaciones, que serán nombrados en los términos de la Constitución Política del Estado.

TRANSITORIOS:

ARTICULO PRIMERO. Las reformas establecidas por el presente Decreto entrarán en vigor desde el día de su publicación en el Periódico Oficial.

ARTICULO SEGUNDO. Quedan derogadas todas las Leyes y disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Lo tendrá entendido el Ejecutivo del Estado y lo hará publicar, circular y obedecer. Dado en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y seis.- Dip. Presidente. Lic. ALFONSO VEGA S.- Dip. Secretario. J. FLORENCIO RUIZ.- Dip. Secretario. Prof. NICOLAS LOPEZ.

Por tanto, mando se cumpla y ejecute el presente Decreto y que todas las Autoridades lo hagan cumplir y guardar y al efecto se imprima, publique y circule a quienes corresponda. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado a los siete días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y seis.

GONZALO N. SANTOS.
El Secretario General de Gobierno, Lic. LUIS NOYOLA”. (Archivo Amoxcalli, 46-10-04).

La anexión se formaliza hasta el 1 de Enero de 1947.

A continuación presento los Presidentes Municipales del Municipio de San Nicolás de los Montes con Cabecera Provisional en Agua Buena; es de notar que solo los dos últimos cubren el naciente periodo de gobierno de tres años, tal como hoy en día, antes de ello presentan una duración de dos años.

1921 – Emilio V. Ortiz - Interino
CONSEJO MUNICIPAL
1922 – Roberto Reveles – Interino
1922 – Enrique Nóldes – Interino
1922 – José Anaya – Interino
1922 –Hermenegildo Aguilar – Interino
1923 – Gregorio Aguilar – Interino
1924 – 25 Sixto Zúñiga – Constitucional
1926 – 27 Rafael Sosa – Const.
1926 – Aurelio Vázquez – Interino
1928 - 29 Mariano Quevedo –Const.
1929 – Remigio Román– Interino
1929 – Cristóbal Mendoza - Interino
1930 – 31 Sixto Zúñiga– Const.
1930 – Espiridión Montoya – Interino
1932 – 33 Hilario Segura – Const.
1933 - José Anaya - Interino
1934 – 35 Santos I. Gómez – Const.
1934 – Mariano Quevedo - Interino
1936-37 Pascual Martínez Trejo – Const.
1936 – Alberto Enríquez – Interino
1936 – Odilón Méndez – Interino
1937 – Adalberto Estrella – Interino
1937 – Galdino García – Interino
1938 – Alberto Enríquez – Constitucional
JUNTA DE ADMINSTRACIÓN CIVIL
1938 – Teodoro Castillo – Presidente Titular
1938 – Guillermo Torres – Interino
1939 - 40 Guillermo Torres - Constitucional
1939 – J. Guadalupe Páez Zúñiga – Interino
1940 – Pedro Rangel - Interino
1940 – Facundo Netro - Interino
1941 – J. Guadalupe Páez Zúñiga– Const.
1941 – Galdino García- Interino
JUNTA DE ADMINISTRACION CIVIL
1941 – Luis Torres Hdez. – Presidente Titular
1941 – Francisco Rivas – Interino por un día
1941 – 43 Pascual Martínez Trejo – Const.
1941 – Facundo Netro - Interino
1941 – Agustín F. Pérez - Interino
1942 – Salvador Ortega - Interino
1944 – 46 Gregorio Zavala Medina – Const.
1944 – J. Pilar Martínez – Interino.

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