“SOLICITUD de expropiación de terrenos pertenecientes al ejido Tamasopo, municipio del mismo nombre, S.L.P.
Al margen un
sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de
Comunicaciones y Transportes.- Dirección General de Asuntos Jurídicos.-
Dirección de Contratos y Derecho de Vía.- Departamento de Adquisiciones de
Predios.- 102.401.- 2757.
C. LIC.
VICTOR CERVERA PACHECO
SECRETARIO DE
LA REFORMA AGRARIA
CALZADA DE LA
VIGA No: 1174, 8o. PISO
COL. APATLACO
C.P. 09430
CIUDAD.
La empresa
denominada Compañía de Teléfonos y Bienes Raíces, S. A. de C. V., filial de
Teléfonos de México S. A. de C. V., contempla dentro de sus funciones
inherentes el mejoramiento del servicio telefónico, por lo que para tal efecto
requiere de la construcción e instalación de diferentes equipos y servicios
tendientes al desarrollo de dicha industria telefónica
En razón a lo
anterior y a fin de estar en posibilidad de lograr ese objetivo, ha solicitado
a esta Secretaría en su carácter de Coordinadora de Sector, que a su nombre se
tramite ante esa de la Reforma Agraria el procedimiento expropiatorio
respectivo, relacionado con una superficie localizada en el Estado de San Luis
Potosí.
De
conformidad con lo establecido par lis artículos 1o. fracción IX, 2o. de la Ley
de Vías Generales de Comunicación, la citada obra es de tal naturaleza y su
construcción es de utilidad pública, atento a lo dispuesto por el artículo 21
del ordenamiento legal antes invocado, en concordancia con el artículo 1o.
fracción I de la Ley de Expropiación.
Para ejecutar
los trabajos de referencia es necesario afectar terrenos pertenecientes al
ejido "Tamasopo", ubicado en el Municipio del Tamasopo, Estado de San
Luis Potosí, así como las construcciones e instalaciones que se encuentren en
los mismos, por lo que con fundamento en el artículo 112 fracción I de la Ley
Federal de Reforma Agraria, se solicita a esa Dependencia del Ejecutivo Federal
a su digno cargo, se tramite el expediente expropiatorio respectivo; ofreciendo
cubrir la indemnización que resulte, la empresa denominada Compañía de
Teléfonos y Bienes Raíces, S. A. de C. V., de acuerdo al dictamen que al
respecto emita la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.
En
cumplimiento a lo ordenado por el artículo 343 de la Ley Federal de Reforma
Agraria, manifiesto a usted que la superficie que se necesita es de 650.00 m² (00-06-50.00 Has.),
ubicado en la Calle de Porfirio Díaz S/N, en la zona urbana del ejido antes
citado.
Siendo
necesaria la legalización de la citada superficie y de conformidad con lo
establecido por el artículo 10 fracción X del Reglamento Interior de esta
Secretaría, agradeceré a usted que esta expropiación se tramite a la brevedad
posible, y una vez satisfechos los requisitos de Ley, se formule el decreto a
que se refiere el artículo 346 de la Ley Federal de Reforma Agraria.
Se anexan al
presente tres copias heliográficas del plano de localización correspondiente,
en el que se consignan los datos técnicos del área por expropiar.
Atentamente.
Sufragio
Efectivo. No. Reelección.
México, D.
F., a 15 de marzo de 1991.- El Director General Pedro Cervantes Campos.-
Rúbrica”. (Diario Oficial de la Federación)
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