sábado, mayo 23, 2020
ANGOSTURA, SAN LUIS POTOSÍ
“COPIA de la Solicitud de tierras pedida por los vecinos de ANGOSTURA del Municipio de la Capital, de este Estado de San Luis Potosí.
A cargo del C. Raúl Wiber Delgado Procurador de Pueblos de la Comisión Nacional Agraria en el Estado.
Los subscritos vecinos de Angostura, Municipalidad de la Capital, ante usted con el debido respeto, comparecemos y decimos:
Que en uso del derecho que nos concede el Art. 27 Fracción IV de la Constitución Federal Vigente, y hallándonos comprendidos en el Artículo 3º. de la Ley de 6 de enero de 1915, venimos a solicitar de Ud. se nos dote de las tierras indispensables para la formación de nuestros Ejidos, de los cuales carecemos actualmente, siendo por tal motivo, precaria nuestra situación y nula nuestra Independencia política y social; pues para la atención de nuestras más precisas necesidades nos vemos obligados a enajenar nuestros servicios, por mezquino jornal, a los poderosos terratenientes circunvecinos y aceptar, mál que nos pese, su despótico y humillante tutoría física y moral.
La categoría política de nuestra agrupación, es según sabemos Ranchería.
Estamos limitados al Norte por la Hacienda de Bocas, al Oriente por la misma Hacienda de Bocas, al Sur, por la misma Hacienda de Bocas y al Poniente por la Hacienda de Valleumbroso.
Y que resultarán afectadas con nuestra solicitud, siendo sus propietarios: de la primera el señor Jesús Mario García y de la segunda el señor José A. Domínguez con domicilio en San Luis Potosí.
El número de jefes de familia que convivimos en este lugar asciende a 93 aproximadamente.
Por lo tanto y de conformidad con lo que dispone el artículo 6º. de la precitada Ley de 6 de enero de 1915.
A USTED CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, respetuosamente pedimos se digne, previos los trámites correspondientes, acordar de conformidad con nuestra solicitud, informando al calce de la presente cual es nuestra verdadera categoría política.
Protestamos lo necesario.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Angostura, S.L.P., a 15 de noviembre de mil novecientos veintiséis.
Agustín Arriaga – Ramón Vázquez – Pedro Martínez – José Oviedo – Catarino Arriaga 2º. – Ildefonso Oviedo – Rómulo Arriaga – Blas Oviedo – Benito Alvarez – Francisco Arriaga – Diego Arriaga. Rúbricas.
A ruego de Macario Arriaga, José Oviedo.- Rúbricas.- Siguen 83 firmas.
Es copia que se toma del expediente respectivo que obra en las Oficinas de la Comisión Local Agraria del Estado, a los 12 días de mayo de 1927”.
Fuente: “Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Número 2,254, Domingo 8 de abril de 1928”.
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