martes, mayo 12, 2020

DONACIÓN AL I.S.S.S.T.E.



En el Periódico Oficial del Gobierno Libre y Soberano del Estado de San Luis Potosí, en su número 102, de fecha 21 de diciembre de 1990, se lee:

“PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO.
LEOPOLDINO ORTIZ SANTOS, Gobernador del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes sabed:

Que la H. LIII Legislatura Constitucional del estado se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO NUMERO 11

La Quincuagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, decreta lo siguiente:

ARTICULO PRIMERO.- Con fundamento en el Artículo 45 Fracción I de la Ley Orgánica del Municipio Libre, se autoriza al H. Ayuntamiento Constitucional de Tamasopo, S.L.P., a donar al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, un terreno de su propiedad, cuya ubicación, medidas y colindancias y superficie a continuación se describen:

Predio urbano ubicado en el Fundo Legal, con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte 20.00 metros colindando con terreno cultivable de caña de azúcar, propiedad del Municipio; al Sur 20.00 metros con taller de Conexos, S.A., propiedad del Municipio; al Este 20.00 metros con terreno cultivable propiedad del Municipio; al Oeste 20.00 metros con Carretera Federal Tamasopo-Agua Buena, con superficie total de 400.00 metros cuadrados.

ARTICULO SEGUNDO.- La anterior donación está condicionada para que se construya una Unidad Médica del I.S.S.S.T.E., y en caso de que no fuera utilizado para tal fin, se revertirá al H. Ayuntamiento donante.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Lo tendrá entendido el Ejecutivo del Estado y lo hará publicar, circular y obedecer.

Dado en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa.
Dip. Presidente. ROBERTO GUERRERO GUERRERO.- Dip. Srio. C.P. LIC. PEDRO LUIS NAIF CHESSANI.- Dip. Srio. ING. ARTURO TELLO LOPEZ. Rúbrica.

Por tanto, mando se cumpla y ejecute el presente Decreto y que todas las Autoridades lo hagan cumplir y guardar y al efecto se imprima, publique y circule entre quienes corresponda.

Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa.

LEOPOLDINO ORTIZ SANTOS

El Secretario General de Gobierno
JUAN RAMIRO ROBLEDO RUIZ”.

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