viernes, mayo 15, 2020
PALOMAS, VILLA DE REYES
“Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: PODER EJECUTIVO DEL ESTADO.- San Luis Potosí.- Estados Unidos Mexicanos.
En el poblado de “PALOMAS”, del Municipio de Villa de Reyes, del Estado de San Luis Potosí, siendo las once horas del día catorce del mes de Septiembre del año de 1974, reunidos en el salón de sesiones del Comisariado Ejidal, los CC. Alejandro Gómez del Campo, Representante de la Comisión Agraria Mixta; Juan Torres Silva, Concepción Martínez y Carmen Torres, Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal y Francisco Rodríguez Rodríguez, Presidente del Consejo de Vigilancia y la mayoría de los solicitantes de la ampliación de ejidos. El representante de la Comisión Agraria Mixta, da lectura a continuación al oficio de comisión número 1298 de fecha 29 de Agosto de 1974, el cual se refiere a si ratifican la solicitud de ampliación de ejidos que hicieron ante el C. Presidente de la República, con fecha 24 de Agosto de 1973. El Representante de la Comisión Agraria Mixta, se dirige a la Asamblea General de solicitantes, para preguntarles si ratifican o no la petición de ampliación de ejidos que por escrito del 24 de Agosto de 1973, dirigieron al C. Lic. Luis Echeverría Álvarez, Presidente de la República y la respuesta total de todos los reunidos fue en el sentido de que ratifican en todas sus partes el escrito del 24 de Septiembre (Agosto) de 1973, que dirigieron al C. Presidente de la República por conducto del cual solicitan una ampliación de ejidos para el poblado de Palomas, por existir en este ejido muchos campesinos carentes de un pedazo de tierra donde trabajar. Dicen que señalan como terrenos afectables la propiedad denominada EL CHIQUITE, del Sr. Gonzalo Delgado Alday.
Una vez ratificada la solicitud de ampliación de ejidos por todos los vecinos que concurrieron a la Asamblea en el poblado de Palomas, se procedió en seguida a verificar la elección de los miembros que deben integrar el Comité Particular Ejecutivo de la ampliación de ejidos, elección que se llevará a cabo de conformidad y con fundamento como lo disponen los Artículos 17, 18 y 19 de la Ley Federal de Reforma Agraria vigente. El Representante de la Comisión Agraria Mixta, se dirige a todos los reunidos que conforme a la Ley se debe hacer una elección del Comité Particular Ejecutivo, pues conforme a la misma Ley Federal de Reforma Agraria es a quien le corresponde tramitar ante las Autoridades correspondientes el expediente de ampliación de ejidos. Una vez discutido ampliamente este asunto por todos los solicitantes, acuerdan elegir por mayoría de votos a las siguientes personas:
Propietarios: Presidente, Felipe Avila Martínez, Secretario, Pedro Avila Torres. Vocal, Tomás García Ramírez. Suplentes: Pedro Rodríguez Gómez, Tomás Rodríguez Moreno, Manuel Torres Cortés.
No habiendo ningún otro asunto más que tratar en esta Asamblea y sin incidentes se levanta la presente acta por triplicado que firman en ella los que intervinieron y supieron hacerlo y los que no saben estampan sus huellas digitales.
El Representante de la Comisión Agraria Mixta, Alejandro Gómez del Campo, El Comité Particular Ejecutivo, Felipe Avila Martínez, Presidente. Pedro Avila Torres, Secretario. Tomás García Ramírez, Vocal. Suplentes: Presidente, Pedro Rodríguez Gómez. Secretario, Tomás Rodríguez Moreno. Vocal, Manuel Torres Cortés. El Comisariado Ejidal: Presidente Juan Torres Silva. Secretario J. Concepción Martínez. Tesorero, Carmen Torres Cortés. Presidente del Consejo de Vigilancia, Francisco Rodríguez Rodríguez. (Rúbricas).
SOLICITANTES:
José Martínez Pantoja, Hipólito Avila Juárez, Ascención Flores Rodríguez, Cipriano Ibarra Martínez, José Ibarra Saldaña, Manuel Martínez Peinado, Justo Martínez Peinado, Teófilo Segura M., Vicente Gallegos Luna (Rúbricas). Ramón Ibarra, Abundio Ibarra Mata, Pedro Ibarra Saldaña, Angel Rodríguez Martínez, Marcos Martínez Rivera, Valentín Ibarra Mata, Andrés Avila Torres (Huellas Digitales). Aparecen otras tres firmas más: Severo de la Rosa, Alonso D., Juan Segura. (Rúbricas).
El C. Auxiliar del poblado de PALOMAS, del Municipio de Villa de Reyes, S.L.P., hace constar que los nombres, firmas y huellas digitales que aparecen en la presente acta son auténticas y pertenecen a los interesados. El Juez Auxiliar, MANUEL TORRES CORTES. Rúbrica.
CERTIFICO: Que la presente es copia fielmente sacada de su original, con la que fue debidamente cotejada.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.- San Luis Potosí, S.L.P. Septiembre 25 de 1974.- El Presidente de la Comisión Agraria Mixta, PROFR. FROYLAN ESQUINCA ESQUINCA. (EUEF-231218). Rúbrica”.
Fuente: “Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Año LVIII, Número 80, Octubre 6 de 1974”.
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