lunes, marzo 04, 2024

SOLICITUD DE EXPROPIACIÓN A TAMBACA



“SOLICITUD de expropiación de terrenos pertenecientes al ejido Tambaca, Municipio de Tamasopo, S.L.P.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice; Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones Transportes.- Dirección General de Asuntos Jurídicos.- Dirección de Contratos y Derecho de Vía.- Departamento de Adquisiciones de Predios.- Of.: 03.401.- 2128.

 

C. LlC. VICTOR CERVERA PACHECO

SECRETARIO DE LA REFORMA AGRARIA

CALZADA DE LA VIGA No. 1174

COL. APATLACO, C.P. 09430

CIUDAD

La empresa denominada Alquiladora de Casas, S. A. de C. V., de participación estatal mayoritaria filial de Teléfonos de México. S. A. de C. V., contempla dentro de sus funciones inherentes el mejoramiento del servicio telefónico, por lo que para tal efecto requiere de la construcción e instalación de diferentes equipos y servicios, tendientes al desarrollo de dicha industria telefónica.

 

En razón a lo anterior y a fin de estar en posibilidad de lograr ese objetivo, ha solicitado a esta Secretaría en su carácter de Coordinadora de Sector, que a su nombre se tramite ante esa de la Reforma Agraria, el procedimiento expropiatorio respectivo, relacionado con una superficie localizada en el Estado de San Luis Potosí.

 

De conformidad con lo establecido por los artículos 1o. fracción IX, 2o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, la citada obra es de tal naturaleza y su construcción es de utilidad pública, atento a lo dispuesto por el artículo 21 del ordenamiento legal antes invocado, en concordancia con el artículo 1o. fracción II de la Ley de Expropiación.

 

Para ejecutar los trabajos de referencia, es necesario afectar terrenos pertenecientes al Ejido "Tambaca", ubicado en el Municipio de Tamasopo, Estado de San Luis Potosí, así como las construcciones e instalaciones que se encuentren en los mismos, por lo que con fundamento en el artículo 112 fracción II de la Ley Federal de Reforma Agraria, se solicita a esa Dependencia del Ejecutivo Federal a su digno cargo, se tramite el expediente expropiatorio respectivo; ofreciendo cubrir la citada empresa, la indemnización que resulte de acuerdo al avalúo que practique la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.

 

En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 343 de la Ley Federal de Reforma Agraria, manifestó a usted que la superficie que se necesita es de 442.97 m2., y cuya ubicación se encuentra en la Av. 20 de Noviembre s/n., del citado ejido.

 

Siendo necesaria la legalización de la citada superficie a favor del Gobierno Federal y de conformidad con lo establecido por el artículo 10 fracción X del Reglamento Interior de esta Secretaría, agradeceré a usted que esta expropiación se tramite a la brevedad posible y una vez satisfechos los requisitos de Ley, se formule el decreto a que se refiere el artículo 346 de la Ley Federal de Reforma Agraria.

 

Se anexan al presente tres copias heliográficas del plano de localización correspondiente, en el que se consignan los datos técnicos del área por expropiar.

 

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

 

México, D. F., a 2 de marzo de 1990.- El Director General, Pedro Cervantes Campos.- Rúbrica”.  (Diario Oficial de la Federación)

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