miércoles, mayo 20, 2020

ACTA DE CABILDO AGOSTO 7 DE 1995



“Acta de Cabildo extraordinaria No. 4

En el poblado de Tamasopo, municipio del mismo nombre, Estado de San Luis Potosí, siendo las 9:00 hrs., A.M., del día 7 de agosto de 1995, se reunieron en el lugar acostumbrado para sesionar, el C. Enf. José Benito Martínez Rodríguez, en su carácter de Presidente Municipal y los C.C. Israel Zamudio Padrón, Rigoberto García Martínez, Prof. Gilberto Calvo Pérez, Rogelio Romero Mata, Darío Palomo Sosa e Higinio Castro Alvarado, 1er. Regidor, 2º. Regidor, 3er. Regidor, 4º. Regidor, 5 Regidor y 6º. Regidor respectivamente. Así como el C. Gilberto de Santiago Guillén, Síndico Municipal del Ayuntamiento, y el C. Amado Olguín García, Secretario del H. Ayuntamiento Municipal y quienes se reúnen a efecto de tratar lo relacionado al adeudo de materiales de construcción, que el C. Enrique H. Tapia Michel quien tiene ante la Presidencia Municipal y que consiste en 734 sacos de cemento, 203 varillas de ½”, 20 kgs. de clavo, 100 mts. de cimbra en renta y 38 kgs. de alambrón.

Este material estaba destinado a la construcción de un Puente en el Poblado 20 de Noviembre, y todo el material que se describe está especificado en una Carta compromiso que firma el Sr. Enrique H. Tapia Michel el día 12 de noviembre de 1994 y señala las facturas números 108, 109, 110 y la 1338 con fecha de Diciembre de 1991, que por otra parte existe un documento que presenta el Ejido San Nicolás de los Montes por un adeudo de 10 toneladas de cemento que estaba destinado a la construcción de una cancha, fechada en 1990 y que firma el C. Miguel Angel Tapia Z.

Otro adeudo que éste mismo Sr. hizo el de comunidades del Ejido La Palma, que presentan facturas fechadas el 3 de noviembre de 1994 y que suman la cantidad de N$5,959.70 (Cinco mil novecientos cincuenta y nueve nuevos pesos 70/100 m.n.).

Que se da a conocer al Cabildo la contestación que por escrito (ilegible) Enrique H. Tapia Michel cuando se le requirió que respondiera por este compromiso, entre lo que sobresale que atraviesa por una situación muy difícil porque las ventas se le han desplomado en un 90% y que la actual Administración Municipal no le compra cantidades mayores de N$500.00 (Quinientos nuevos pesos 00/100), que por lo tanto propone que dicho adeudo lo pague con la utilidad o ganancia que se derive del material que le sea comprado. Este punto es puesto a discusión del Honorable Cabildo y una vez que se hubo comentado de manera amplia se tomaron los siguientes acuerdos:
Que hay responsabilidad en el momento en que a Enrique H. Tapia Michel se le paguen facturas en 1991 de material para construcción que no entrega.
No es legal que el manejo de los fondos municipales pague por adelantado.
Que no obstante haber transcurrido dos Administraciones Municipales anteriores y aún prevalezca lo irregular de esta situación.
Que no es posible aceptar que tenga que comprársele material a éste Señor, para que tenga a bien pagar su adeudo, ya que además en el último acuerdo del Consejo de Desarrollo Municipal se acordó la formación de un Comité de compras el cual tratará de comprar volúmenes al mayoreo para abaratar costos.

Que por todo lo anterior se acuerda:
Que se turne éste asunto a Instancias Superiores a fin de que se requiera el pago de todo este material de construcción al C. Enrique H. Tapia Michel en el menor tiempo posible ya que urge la realización de la Obra Pública y además se finquen las responsabilidades que procedan.

Así lo acordó el H. Cabildo en pleno y por unanimidad.

[Sufragio Efectivo. No Reelección]
Rúbricas”.

(Amoxcalli: 95-08-07)

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