domingo, mayo 31, 2020

SANTA MARÍA DEL REFUGIO, SANTO DOMINGO



“PETICION de los Vecinos de Sta. María del Refugio, Municipio de Santo Domingo, S.L.P.

C. Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí.

Los que suscribimos mayores de edad y vecinos de este rancho denominado Santa María del Refugio, Municipio de Santo Domingo, S.L.P., ante usted con todo el respeto debido y como mejor proceda comparecemos para exponer, que siendo una necesidad imprescindible para los pueblos que carecen de elementos de riqueza suficiente para subsistir, deseamos, el establecimiento de una colonia agrícola y siendo ésta la base económica de la libertad y progreso de aquéllos, así como la primera forma para la Constitución del Municipio Libre y ya que la revolución reivindicadora lo inscribió en sus banderas como uno de los principios más avanzados y lo hizo constar en el acto federal de 1917, nosotros como hijos de este Rancho y como todos los CC. que procuran el bien general de la Patria y en particular del suelo en que han nacido nos permitimos hacer historia del nuestro, para esclarecer lo que es motivo de esta solicitud. El origen de este Rancho es la agricultura y el criadero de ganado mayor y menor en pequeño. 2º. El referido Rancho está ubicado en terreno de la Hacienda de Sierra Hermosa y limita por los cuatro vientos con terrenos de la misma Hacienda de Sierra Hermosa.

Por lo expuesto C. Gobernador, el Rancho de que se trata se halla circulado por la ya mencionada Hacienda y necesita establecer una colonia agrícola en cantidad de unas 12,000 doce mil hectáreas tomando en consideración dejar dentro de la zona por fraccionar las tierras que cultivamos actualmente denominadas al Poniente el potrero de San Francisco y en seguida del mismo potrero está un pozo abandonado que mana agua produce un bajío propio para laborío al mismo bajío, hay una presa que sólo sirve para la agricultura y más al lado del rancho siguen las labores y entremedio de Oriente y Sur, como a una y media legua hay un estanque que se nombra de arenas y acapara agua habiendo desmontes para el lado del rancho habiendo por todos rumbos cerros y lomas propio para el criadero de ganado mayor y menor, siendo esto un obstáculo para el ensanchamiento del pueblo y para el progreso del mismo en el sentido de agricultura, a que siempre se han consagrado sus moradores.

Encarecidamente pedimos con fundamento en el artículo 3º. de la Ley de 6 de enero de 1915, y reglamentaria del artículo 27 de la Constitución General vigente pública, adquisi(ilegible) las pedimos en la misma finca y en el mismo rancho por ser hijos del mismo, para proveer de ella en cantidad suficiente a un pueblo agrícola que cuenta con un número de 85 jefes de familia no contando con los jóvenes ni señoras, teniendo de bases principales los artículos séptimo y vigésimo de la Ley Agraria del Estado decretada el 2 de mayo de 1921, reglamentada por el Ejecutivo el 27 de julio de 1921.

Protestamos decir verdad. Ocurrimos a usted C. Gobernador, esperando gracia y justicia; hay una presa al Norte en el mismo rancho y 2 pozos que manan agua. C. Gobernador es de grave necesidad que se afecte el susodicho terrenos de Sierra Hermosa por estar las tierras que ocupamos para sembradura y agostadero por ser una hacienda que sabemos tiene más de 300 trescientos sitios, su propietario el señor don Francisco Federico Moncada.

Protestamos a usted nuestro respeto y distinguida consideración.

Fracción de Santa María del Refugio, Municipio de Santo Domingo, S.L.P., febrero 12 de 1924.

Más de 30 firmantes”.

Fuente: “Boletín Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Número 1149, Viernes 7 de Marzo de 1924”.

No hay comentarios:

SOLICITUD DEL “ALIANZA POPULAR”

“SOLICITUD de concesión para aprovechar en uso industrial las aguas del río Tamasopo, municipio del mismo nombre, S.L.P.   Al margen u...