sábado, mayo 23, 2020

CARRIZAL DE SAN JUAN, LAGUNILLAS



“Al margen un sello que dice: Poder Ejecutivo del Estado.- San Luis Potosí. Estados Unidos Mexicanos.

SOLICITUD de dotación de tierras pedida por los Miembros del Comité Particular Ejecutivo de la “Ranchería del carrizal de San Juan”, Municipalidad de Lagunillas, de este Estado de San Luis Potosí.

El Ciudadano León Flores, Oficial Mayor de la Secretaría General de Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, encargado por ministerio de la Ley del Despacho General de la misma, CERTIFICA en debida forma, que en el Expediente de Dotación de Ejidos Número 122 Bis. Sección 6ª. Fomento, de la Secretaría dicha, se encuentra una solicitud de ejidos que a la letra dice:

C. Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.

Los que suscribimos miembros del Comité Particular Ejecutivo de la Ranchería del Carrizal de San Juan, de la Municipalidad de Lagunillas, Estado de San Luis Potosí, estando ubicada dicha Ranchería dentro de la Jurisdicción de la Hacienda de San Rafael, ante usted con el debido respeto, exponemos:

Que la Ranchería del Carrizal que representamos está en apremiante necesidad de tierras ejidales, por carecer completamente de ellas, y ser una Ranchería netamente agrícola.

Que el artículo 3º. de la Ley de 6 de enero de 1915, elevada al carácter de Constitucional, da derecho a las rancherías para ser dotados de los Ejidos que necesiten.

Que careciendo de tierras propias para satisfacer nuestras necesidades, nos vemos obligados a vender a bajo precio nuestro trabajo y a descuidar la educación de nuestros hijos.

Por lo tanto, a usted ciudadano Gobernador, basados en nuestro derecho, pedimos:

PRIMERO.- Que nos tenga por presentados solicitando para la mencionada Ranchería del Carrizal de San Juan la dotación de tierras ejidales.

SEGUNDO.- Que se sirva usted Certificar al pie de la presente solicitud la categoría política de nuestra ranchería.

TERCERO.- Que se sirva usted remitir la presente solicitud a la Comisión Local Agraria, junto con el acta que acompañamos y con la cual justificamos nuestra personalidad.

CUARTO.- Que se sirva usted recordar a la Comisión Local Agraria, al remitirle este documento, el plazo de cuatro meses que le fija el artículo 3º. del Decreto de 17 de abril de 1922.

QUINTO.- Que se nos acuse recibo de la presente solicitud al señor Santana Mendoza, al Municipio de Rayón, S.L.P. donde recibiremos notificaciones.

Estamos limitados por los cuatro rumbos por terrenos de la expresada hacienda de San Rafael, la cual tiene una superficie aproximada de 5,500 a 6,000 hectáreas de terreno cuya superficie quedará afectada con nuestra solicitud, encontrándose por propiedad de las señoritas Pando, que residen en Barcelona, España, representadas por el señor Mario Quesada, con residencia en San Luis Potosí.

Protestamos al Ciudadano Gobernador nuestros respetos.

Sufragio Efectivo – No Reelección.

Ranchería de San Juan del Carrizal, Municipio de Lagunillas, a 5 de Mayo de 1926.

El Presidente, Hilario Pérez, Rúbrica.- El Secretario, Tomás Noyola, Rúbrica.- El Tesorero, Juan Tello, Rúbrica.

El O. M. Enc. del D. de la Sría. Gral. de Gob.
LEON FLORES.

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ACTA del Comité Particular Ejecutivo de la Ranchería del Carrizal de San Juan, Municipio de Lagunillas, Distrito de Cárdenas, Estado de San Luis Potosí.

En la Ranchería del Carrizal de San Juan, Municipio de Lagunillas, Distrito de Cárdenas, Estado de San Luis Potosí, siendo las ocho horas del día veinticinco de abril de mil novecientos veintiséis, se reunieron en casa particular los vecinos que subscriben, con el objeto de designar la terna para el Comité Particular Ejecutivo que crea y ordena la Ley de 6 de enero de mil novecientos quince, y el Representante censal que prescribe el Reglamento Agrario.

Después de discutir varios candidatos resultaron electos por mayoría de votos los siguientes vecinos:

Para Presidente: - Ciudadano Hilario Pérez.
Para vocal Tesorero: - Id. Tomás Noyola.
Para vocal Secretario: - Id. Juan Tello.
Para suplente y representante Censal: - Id. Hilario Loredo.

Los electos protestaron ante el pueblo que los nombró cumplir fiel y honradamente los deberes de sus cargos, y en constancia se firma la presente acta por duplicado, anotándose al pie, los nombres de los vecinos que no saben firmar.

El Presidente
Hilario Pérez.- Rúbrica.

El Secretario
Juan Tello.- Rúbrica.

El Tesorero
Tomás Noyola.- Rúbrica.

Representante Censal
Hilario Loredo.- Rúbrica.

Narciso Zavala. Rúbrica.- Gregorio Pérez. Rúbrica.

Ursulo Cepeda, Leonides Ponce, Cleofas Loredo, Abraham Tello, Manuel Carreón, Timoteo Varela, Eleno Aguilar, Eusebio Alvarez, Conrado Serna, Serapio Cepeda, Valentín Fernández, Crescenciano Ralcázar, Pomposo Ralcázar, Gumesindo Ramos.

A ruego de los que no saben firmar Hilario Loredo. Rúbrica – Juan Tello. Rúbrica.

Manuel Loredo, Hipólito Loredo, Mateo Ibarra, Leonardo Pérez, Juan Hernández, Hilario Pérez, Eliseo Hernández, Telésforo Mancilla, Concepción Varela, Alejo Martínez, Sabino Loredo, Cecilio Pérez, Sabino Guerrero, Catarino Hernández, Alberto Grimaldo, Pablo Pérez, Gregorio Peña, Pedro Calixto, Herminio Torres, Julio Torres, Patrocinio Torres, Felipe Torres, Luis Mancilla, Rafael Ibarra, Maximiano Pérez, Vicente Ibarra, Maximiano Pérez, Secundino Ibarra, Inés Ibarra, Florentino Guerrero, Sebastián Recendis, Roque Luna, Gregorio Cepeda, Ruperto Aguilar, Ramón Loredo, Guadalupe Aguilar, Pedro Ibarra, Juan Ibarra, J. Margarito Martínez, Clemente Loredo, Cenobio Guerrero, Felipe Carreón, Anastasio Romo, Esteban Cepeda, Ramón Aguilar, Pilar Martínez, Tiburcio Ibarra.

Es copia sacada de su original.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

San Luis Potosí, a 24 de enero de 1928.

El Secretario General de Gobierno
Pp, LEON FLORES”.

Fuente: “Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Número 2,243, Domingo 26 de Febrero de 1928”.

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