lunes, octubre 13, 2014

EL CUENTO DE LAS TIERRAS OCIOSAS


“El suscrito, mayor de edad, vecino de este lugar y dedicado al trabajo del campo, ante usted con toda atención vengo a exponer: que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Tierras Ociosas de carácter Federal, en sus artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 7º y 8º, que desde el año de 1940 he venido ocupando una pequeña extensión de terreno denominado de la Pequeña Propiedad del Ingenio de Agua Buena, la que he dedicado a la siembra de maíz, por haber visto que esta porción de terreno ha permanecido abandonado y sin cultivo de ninguna clase; por lo tanto, de acuerdo con el ordenamiento citado, solicito se conceda en arrendamiento la mencionada porción de terreno por espacio de cinco años, a ser posible…” El Interesado: ATANASIO RIOS.

En respuesta: “POR medio del presente se hace constar que sido presentada ante esta Oficina, con la fecha de ayer, por el C. ATANASIO RIOS, vecino de esta localidad, una petición en la que solicita se le conceda PERMISO para ocupar una porción de terreno de UNA HECTAREA Y NOVENTA ARAS de superficie, ubicada en terrenos de la pequeña propiedad del Ingenio de Agua Buena de acuerdo con el Ordenamiento Federal de Tierras Ociosas.

Por lo que de conformidad con lo prescripto por el artículo 8º. de la misma Ley, se ha concedido al solicitante, permiso personal e intransferible, para que pueda ocupar dicho terreno y dedicarlo a la agricultura, por el término de cinco años contados desde esta fecha, y en calidad de arrendamiento
Agua Buena, S.L.P. a 2 de diciembre de 1941.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
Pascual Martínez Trejo”.

De entrada algo no es legal, el solicitante menciona explotar ya esa porción de tierras y no son Federales, cierto que están ociosas pero pertenecen al Ingenio de Agua Buena quien se encuentra en un proceso de juicio judicial, así que no procedía el argumento de tierras ociosas, pero más extraño aún, la autoridad municipal sin tener competencia le autoriza el uso para explotación de esta tierra por cinco años.

Pero como nadie de momento expresa descontento o malestar por esa acción, los que conforman la autoridad civil en la localidad ven la oportunidad para adjudicarse esas “tierras ociosas”, y entre ellos mismos, siendo autoridades municipales, se las solicitan.


Así, bajo el mismo argumento, Apolinar Montoya y A. E. Estrella presentan solicitud de las tierras ubicadas al lado oriente de la Colonia que tiene a su cargo el señor Marín Olvera. Para el 2 de enero de 1942, Pascual Martínez Trejo hace lo propio, pero la solicitud, bajo las mismas características y texto, las solicita ante el Segundo Regidor en funciones de Presidente Municipal. Para el 2 de Febrero de 1942, Lázaro Núñez hace lo propio.

De esa manera, momentáneamente se las adjudican, y cuando el Ingenio de Agua Buena reacciona, inmediatamente los “arrendatarios” solicitan apoyo al Gobierno estatal, nótese como Martínez Trejo oculta que ellos mismos son los “solicitantes”.

“Of. Num. 26
Asunto: CONSULTA

C. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
SAN LUIS POTOSI, S.L.P.

Con la presente me permito consultar a usted o al C. Gobernador Provisional del Estado, cómo hacer en el caso siguiente:
Se han presentado ante esta Presidencia Municipal a mi cargo, desde el mes de diciembre anterior, varias solicitudes de vecinos de este lugar, pidiendo permiso para cultivar algunas porciones de tierras que se hallan a la fecha sin cultivos, y las que desean para la siembra de caña de azúcar, y de acuerdo con la Ley Federal de Tierras Ociosas.
Ahora bien, como las tierras solicitadas están dentro del perímetro de lo que se llama PEQUEÑA PROPIEDAD, pero se hallan sin cultivos hecho el reconocimiento correspondiente, se ha dado desde luego el permiso para que las trabajen por 5 años.

Ingenio de Agua Buena, S.A. en Liquidación Judicial que es la que representa como propietaria la pequeña propiedad, no está conforme con los permisos concedidos, alegando que hay otras tierras que pueden ser dadas o trabajadas, pero refiriéndonos a las tierras que el Ejido tiene, éstas no pueden ser trabajadas por estar inservibles por la mucha humedad y no prestarse para ninguna clase de trabajos, y teniendo en cuenta que los propósitos del actual gobierno son, los de que se intensifique la agricultura o producción, acogiéndonos a estos propósitos, los vecinos están solicitando se les permita ocupar las tierras ociosas, que nadie ni cultiva ni dejan que se cultiven. ¿Cómo debe resolverse este caso, teniendo presente que ya se han dado permisos a algunos para que ocupen dichas tierras ociosas?
Espero de su recto criterio ilustrarme con su opinión y le reitero mis atenciones.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
AGUA BUENA, S.L.P. a 25 de enero de 1942
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
PASCUAL MARTINEZ TREJO”.

Al no recibir respuesta, y como el interés tiene pies, siendo Presidente Municipal y uno de los “auto arrendatarios”, convoca a Sesión de Cabildo para respaldar su accionar.

“En Agua Buena, Cabecera del municipio de su nombre, Estado de San Luis Potosí, siendo las 18 dieciocho horas del día 31 treinta y uno del mes de enero de 1942 –mil novecientos cuarenta y dos-, reunidos en el salón de Acuerdos del Ayuntamiento de este lugar, los CC. Facundo Netro, Agustín F. Pérez, Apolinar Montoya, José Montoya, Antonio Martínez y Salvador Ortega, así como el C. Odilón Méndez, Regidores y Síndico del mismo, bajo la Presidencia del C. Pascual Martínez Trejo, con el objeto de celebrar Sesión Ordinaria, se declaró abierta la Sesión.
La Secretaría dio lectura al acta de la sesión celebrada con anterioridad, la que puesta a discusión fue aprobada sin modificación. A continuación dio cuenta con la correspondencia oficial recibida, la que previo el trámite correspondiente a cada nota fueron despachadas. En uso de la palabra el C. Presidente Municipal expuso: que el principal fin de esta reunión era saber cuál es el criterio de los presentes como Miembros del Ayuntamiento sobre varias solicitudes de vecinos de este lugar pidiendo permisos para ocupar y trabajar TIERRAS OCIOSAS, supuesto que la Empresa que en este caso se considera dueña o propietaria de los terrenos solicitados se niega a que se den esos permisos o no es de conformidad; y como se menciona en la misma Ley de referencia que el permiso debe concederse a más tardar dentro de los tres días, y como se ha hecho una consulta al Gobierno del Estado sobre si procede o no dar estos permisos, y el Gobierno no ha contestado, desearía se le hiciera saber si están de conformidad en que se den esos permisos o se niegan. Puesto a debate el anterior asunto, y después de algunas disertaciones sobre lo ocurrido, teniendo en cuenta los CC. Regidores lo que sobre el particular dispone dicho ordenamiento, se llegó al siguiente ACUERDO: Tómense en consideración las solicitudes de tierras ociosas presentadas, háganse las inspecciones oculares, y si de ellas resulta que es de concederse el permiso, déjese pendiente de expedir dichos permisos por término de ocho días, para conocer la resolución del Gobierno del Estado, y en caso de no tener esa contestación, se dirija nueva instancia para obtenerla”. Con lo que se dio por terminado este acto, levantándose para constancia la presente acta, que leída que les fue a los concurrentes, la firmaron. Doy Fe.- Rúbricas”.

Pasaron algunos días y entonces involucran a los amigos para que intercedan, pero igual, oculta que es uno de los interesados, como así conviene, sigue mal interpretando las “tierras ociosas federales”, y por supuesto, la Presidencia Municipal no tiene facultades para arrendarlas.

“Of. Núm. 37
Asunto: El que se menciona.

C. JUAN CHAVIRA, Secretario Tesorero de la Liga de Comunidades Agrarias del Estado.
San Luis Potosí, S.L.P.

Desde el 25 de enero anterior, y debido a varias solicitudes de vecinos de este lugar, que han estado pidiendo permisos para ocupar en calidad de TIERRAS OCIOSAS, algunas porciones de terrenos, sujetándose al ordenamiento Federal de TIERRAS OCIOSAS, para intensificar la agricultura, hemos enviado al Superior Gobierno del Estado, consulta, sobre si debe o no concederse dichos permisos, ya que se trata de tierras de la Pequeña Propiedad del Ingenio, por estar las del Ejido por el momento inservibles para trabajarlas, y como hasta la fecha no se nos ha resuelto nada a este respecto, deseamos, que por el digno conducto de esa Liga, se activen gestiones, a fin de que el C. Gobernador nos resuelva este caso, aunque está bien determinado según la Ley, que deben concederse estos permisos, siendo nuestro propósito al consultar, el de caminar enteramente de acuerdo con el Gobierno, y teniendo en cuenta que la Empresa se rehúsa a prestar esos terrenos para que lo siembren ya sea de caña o de maíz.
Así pues, esperamos nos ayuden para conseguir esto, dentro del menor tiempo posible, o sea antes de 5 días. Gracias.
Salúdolos atenta y fraternalmente.
Agua Buena, S.L.P. a 7 de febrero de 1942.
PRESIDENTE MUNICIPAL
PASCUAL MARTINEZ TREJO”.

El 23 de Febrero, el señor Enrique Borbolla, Administrador del Ingenio de Agua Buena, S.A., en Liquidación Judicial, comunica al C. Marín Olvera que tienen conocimiento que algunas personas se han posesionado indebidamente de terrenos de la Cía. Agrícola de Agua Buena, y advierte que la Empresa no reconocerá ningún pago por cañas entregadas de éstas áreas de su propiedad, además que iniciará demandas por daños y perjuicios en contra de esos invasores.

Con ésta fecha, el Secretario General de Gobierno, Lic. Mauro Angulo, comunica al Presidente Municipal en Agua Buena, que tienen conocimiento de que las autoridades municipales han intervenido en la venta de solares dotados al poblado de San Nicolás de los Montes en dotación ejidal, por lo que les encarecen no intervengan en asuntos que competen exclusivamente a las Autoridades Agrarias. Lo anterior es importante ya que crea un antecedente inmediato de cómo las autoridades de Agua Buena han dispuesto sin fundamento jurídico de tierras que no les pertenecen.
El día 6 de marzo, recibe malas líneas, las cosas no salen como se esperaban y, había que responder.

“C. Presidente Municipal de Agua Buena.
Procedente de México, D.F., se recibió en este Gobierno el siguiente telegrama fechado el 4 de los corrientes:
“ATENTAMENTE PIDOLE INTERVENIR A FIN DE QUE PEQUEÑA PROPIEDAD INGENIO AGUA BUENA DESTINADA TRADICIONALMENTE CULTIVO CAÑA SEAN RESPETADOS PUES PRESIDENTE MUNICIPAL AUTORIZO SEAN INVADIDOS Y SIEMBRESE MAIZ PROTESTO CONSIDERACION DISTINGUIDA, SINDICO DE LA LIQUIDACION JUDICIAL INGENIO DE AGUA BUENA, S.A.”

Lo que por acuerdo del C. Gobernador Provisional del Estado comunico a usted para que se sirva informar acerca del contenido del telegrama preinserto, debiendo, en caso de ser cierto, expresar que fundamentos legales tuvo para autorizar la invasión de los terrenos pertenecientes a la pequeña propiedad del Ingenio Agua Buena. Asimismo debe informar si es verdad que los Ejidatarios de Agua Buena están levantando la vía de este Ingenio.

Reitero a usted mi atenta consideración.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
P. El Secretario General de Gobierno
El Oficial mayor.
Lic. Julio Sánchez Vargas”.

He aquí la contestación:

“C. GOBERNADOR PROVISIONAL DEL ESTADO
SAN LUIS POTOSI, S.L.P.

Me apresuro a referirme al contenido de su Oficio núm. 1882, de fecha 6 del que cursa, relativo a que se le rindan informes sobre contenido de telegrama preinserto, para manifestar a usted, con respecto a invasión de tierras sembradas de caña de Ingenio Agua Buena, lo siguiente:

Algunos vecinos que no llegan a tres han estado solicitando de acuerdo con la Ley de Tierras Ociosas de carácter Federal, se les diera transitoriamente algunas porciones de tierras, que nunca se han ocupado para sembrar caña, y que han estado en realidad verdaderamente ociosas, por lo que de acuerdo con el Artículo 8º de la citada Ley se dispuso la ocupación transitoria de esas tierras, dándose el permiso al peticionario, ya que la Empresa no quería arrendarlas.

Con el mismo objeto se dio permiso a otro vecino, de acuerdo con el mismo ordenamiento, y por hallarse dicha tierra sin sembrar caña desde hace más de 10 años, para que la ocupara transitoriamente o sea por un año; todas estas tierras no llegan a más de seis hectáreas.

También se ha hecho esto en virtud que se alega, que no se pueden ocupar las tierras del Ejido, por estar sumamente lodosas y como han tratado de sembrar maíz que es un artículo de primera necesidad, basado en que es indispensable ayudar a la gente pobre para que se busque su sustento, es por lo que se ha hecho, pero no con otro fin ilícito.

En cuanto al levantamiento de la vía del mismo Ingenio por ejidatarios, es una acusación calumniosa del C. Síndico de la Liquidación Judicial, ya que esto es inexacto en todos sentidos, como es de apreciarse por el Oficio que original se acompaña del Comisariado Ejidal, y por la contestación verbal del C. Administrador del Ingenio, C. Enrique Borbolla, que dice: “No haber dicho él nada de esto” y por lo mismo no hay nada de esto; si para comprobarlo es necesario ocurrir a otros medios, dará el mismo resultado de no hallar nada de esto.

Se tiene que decir sobre este particular, con respecto a acusaciones de esta índole, que el C. Síndico ya dicho, la vez pasada en 1940 cuando se llevó a cabo la Liquidación Judicial, también acusando a los trabajadores de este lugar, de que estaban arrancando la Maquinaria, y resultó ser inexacto, ya que solo se ocupan de sorprender a las Autoridades.

La cuestión de las Tierras Ociosas, para dar el permiso lo consultamos dos o tres veces con esa Superioridad, en dos ocasiones por oficio y en una por mensaje telegráfico pero como nunca se tuvo contestación, ya no se quiso seguir insistiendo, ni se han seguido dando más permisos.

Con todo lo anteriormente expuesto creo dejar satisfechos sus deseos.

Una vez más me permito reiterar a usted las seguridades de mi atenta consideración y debido respeto.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION
AGUA BUENA, S.L.P. a 11 de marzo de 1942
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
PASCUAL MARTINEZ TREJO”.

Aunque tímida la respuesta, se declara que efectivamente se han arrendado tierras del Ingenio pues aquellos no lo hacían y que; como inocente excusa, se dice que se consultó al Gobierno Estatal sobre el caso pero no se obtuvo respuesta.

El 16 de Abril, los hechos le quedarían definitivamente claros a don Pascual Martínez Trejo, al recibir en unas cuantas líneas, y para su sorpresa, el siguiente comunicado:

“Por acuerdo del C. Gobernador Provisional del Estado, encarezco a usted se sirva informar que fundamento legal tuvo para dar la posesión de los terrenos del Ingenio de Agua Buena, a que se refiere su oficio 79, de fecha 11 de marzo próximo pasado.

Reitero a usted mi atenta consideración.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION
P. O. EL Secretario General de Gobierno
El Oficial Mayor
Lic. Julio Sánchez Vargas”.

Con ello, tierras ociosas regresadas al Ingenio, asunto olvidado…

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