domingo, abril 26, 2020

ACTA DE CABILDO JULIO 17 DEL 2000



“Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo No. 57

En el poblado de Tamasopo, Municipio del mismo nombre, Estado de San Luis Potosí, siendo las 18:00 hrs. del día 17 de Julio del 2000, se reunieron en el Palacio Municipal los C.C. Aarón Zúñiga Mendoza, en su calidad de Presidente Municipal, Francisco Compeán Izaguirre, Primer Regidor, Irineo Pecina Castro, Segundo Regidor, Antonio Hernández Banda, Tercer Regidor, Víctor Torres Ramírez, Cuarto Regidor, Patricio Aparicio Quezada, Quinto Regidor, Profra. Rosa Ma. Alvarado Alvarado, Sexta Regidora, así como los C.C. Zeferino Landaverde Hernández y Andrés Martínez Fortanelli, Síndico Municipal y Secretario del H. Ayuntamiento respectivamente, con la finalidad de celebrar Sesión Extraordinaria de Cabildo, para la cual fueron convocados, misma que se desarrolla bajo el siguiente Orden del día:

Punto número Uno.- Pase de lista de asistencia.
Punto número Dos.- Declaración de validez de la Sesión.
Punto número Tres.- Aprobación del Acta de Sesión del día 5 de Julio del 2000.
Punto número Cuatro.- Aprobación para crear como “Organismo Público Descentralizado” con personalidad jurídica y patrimonios propios, al Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la familia de este Municipio.
Punto número Cinco.- Aprobación del Reglamento Interior que normará las funciones del Organismo Público Descentralizado, Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de este Municipio.
Punto número Seis.- Aprobación para que el C. Aarón Zúñiga Mendoza, Presidente Municipal, lleve a cabo la integración de la “Comisión Municipal de Bienestar de la Infancia y la Familia” de manera inscrita dentro del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de este Municipio.
Punto número Siete.- Asuntos generales.
Punto número Ocho.- Clausura.

Punto número Uno, se procede a pasar lista de asistencia, dando Fe el Secretario del H. Ayuntamiento, que se encuentran presentes la totalidad de los miembros del Cabildo, así mismo se da Fe de la presencia de los C.C. Juana Elida Acosta Balderas y Andreí Campos, Presidenta y Coordinador General de Programas del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia respectivamente, de igual manera se encuentra presente en la Sesión el C. Pedro Izaguirre Ortiz, Tesorero Municipal, dados los asuntos a tratar.

Punto número Dos, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre el C. Aarón Zúñiga Mendoza, Presidente Municipal, declara la validez de la Sesión toda vez que existe Quorum legal, por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen serán válidos y al tener esa categoría serán obligatorios.

Punto número Tres, se da lectura al Acta de la Sesión anterior del día 5 de Julio del 2000, a la cual no se le hace ninguna observación y una vez lo anterior este H. Cuerpo Edilicio la aprueba por unanimidad.

Punto número Cuatro, el C. Secretario del H. Ayuntamiento hace uso de la voz, señalando que la ley sobre el Sistema de Asistencia Social del Estado de San Luis Potosí, define un Sistema de asistencia social y crea el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia precisando en su artículo 85, que este Sistema Municipal contará con la personalidad jurídica y patrimonio propios, además de la Ley Orgánica del Municipio Libre en su Artículo 30 inciso C fracción X señala la obligación de los Ayuntamientos de determinar el monto del apoyo económico que anualmente le corresponde al Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, para el cumplimiento de sus acciones asistenciales, en el mismo ordenamiento se comenta que el Sistema Municipal proporcionará una atención permanente a la población marginada brindando servicios integrales de asistencia social, lo que hace necesario que el Sistema en mención viva un proceso moderno de municipalización, así como se le dote de autonomía operativa y al tener personalidad jurídica y patrimonio propios, se dan las formas para constituirse como Organismo Descentralizado de la Administración Pública Municipal, auxiliar de la misma en la prestación de servicios de asistencia social e instrumento para encauzar la política asistencial del Municipio, el que se deberá constituir, atento a lo dispuesto por el artículo 77 de la ley Orgánica del Municipio Libre, respetando la facultad que le confiere el artículo 46 fracción VI de la ley en mención el Presidente Municipal para nombrar al Presidente del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, analizada por el H. Cuerpo Edilicio, la propuesta para constituir al Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia como organismo público descentralizado de la administración pública municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, esta se aprueba por unanimidad, facultando al C. Presidente Municipal para que constituya el Organismo observando lo dispuesto por el artículo 86 de la Ley sobre el Sistema de Asistencia Social del Estado de San Luis Potosí, en cuanto a su órgano de gobierno, e integre el mismo en la forma que prevé el artículo 87 de esa ley, debiendo constituir el patrimonio del Sistema en base a lo que estipula el artículo 84 de la ley nombrada. En cuanto a los objetivos del Organismo, facultades y obligaciones de sus órganos de gobierno los normará lo que disponen los artículos 83, 88, 89, 90, 91, y relativos de la ley sobre el Sistema de Asistencia Social del Estado de San Luis Potosí y el reglamento que deberá emitir el Ejecutivo Municipal.

Punto número Cinco, se somete a la consideración del H. Cabildo para su aprobación el Reglamento Interior que regulará las funciones del Organismo Público Descentralizado, Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de este Municipio, dando lectura del mismo el Secretario del H. Ayuntamiento, y una vez que fue analizada por los integrantes de Cabildo se sometió a votación resultando aprobado por unanimidad, el Reglamento en mención se anexa a la presente Acta teniéndose por reproducido en todos y cada uno de sus puntos para que forme parte integral de la misma, comisionándose al Secretario del H. Ayuntamiento para que en los términos del artículo 4º. de la Ley del Periódico Oficial del Estado haga las gestiones necesarias a efecto de que se publique el mismo en el Periódico Oficial del Estado para su debida publicitación y conocimiento de la población.

Punto número Seis, el Secretario del H. Ayuntamiento señala que el 24 de Julio de 1998 el Gobierno del Estado de San Luis Potosí, suscribió con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, un acuerdo de coordinación y asistencia técnica que tiene por objeto implementar el programa de acciones integrados en regiones prioritarias, así como promover en la entidad la iniciativa de “Alcaldes defensores de la Niñez y la Familia” que de manera local también se ha definido como movimiento de “Municipios defensores de la niñez y la familia”, en la Clausula Cuarta del citado Acuerdo que establece la directriz para que los Municipios del Estado de San Luis Potosí, se integren a la Red de Alcaldes defensores de la niñez y la familia, a través de la firma de una Carta de Intención que para tal fin se celebrará con el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en coordinación con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de San Luis Potosí, que mediante la firma de este documento se aquilatarán y respetarán los papeles que ocupa la niñez y la familia de nuestra sociedad, más aún se integrará nuestro Municipio a la Red Mundial de Alcaldes Defensores de la Niñez y se realizarán actividades en beneficio de las condiciones de vida de la Infancia y respeto a los Derechos de los Niños, promoviendo la elaboración e implementación de un Programa Municipal de acción para el bienestar de la infancia y la familia.
Expuesto y explicado la importancia de la suscripción de la Carta de Intención y de los compromisos que se adquieren, el Secretario del H. Ayuntamiento, expone que dados los beneficios que se obtienen, resulta necesario la creación e integración de una Comisión Municipal para el Bienestar y de la Infancia y de la Familia, formada por los representantes de las entidades públicas municipales y de los Sectores Social y Privado, así como representantes de los Organismos No Gubernamentales en el Municipio, que esta Comisión quedará inscrita dentro del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, a efecto de que coadyube en las funciones y objetivos de este Organismo, presentada la solicitud para su aprobación ante los integrantes de este Ayuntamiento se sometió a su consideración para su debido análisis y votación siendo aprobada la misma por unanimidad, en consecuencia se autoriza al C. Presidente Municipal para que suscriba la Carta de Intención y hecho lo anterior constituya la Comisión Municipal para el Bienestar de la Infancia y la Familia.

Punto número Siete, al no existir asuntos generales que discutir se pasa al siguiente Punto del Orden del día.

Punto número Ocho, no habiendo más asuntos que tratar y como último Punto del Orden del día el C. Presidente Municipal de este H. Ayuntamiento da por clausurada la Sesión siendo las 20:30 del día de su fecha, levantándose la presente Acta como constancia.

[Sufragio Efectivo. No Reelección]
Rúbricas”.
(Amoxcalli: 2000-07-17)

Observación, el C. Francisco Compeán Izaguirre, Primer Regidor, no firma el Acta original.

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