jueves, abril 23, 2020

EL AZULEJO



En el número 64, del Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, de fecha 10 de Agosto de 1941, se lee:

“DEPARTAMENTO AGRARIO

VISTO para resolver el expediente de dotación de ejidos promovido por los vecinos del poblado de “EL AZULEJO”, Municipio de Valles, de este Estado; y

CONSIDERANDO:- Que el dictamen emitido por la Comisión Agraria Mixta en este expediente se encuentra ajustado estrictamente a lo dispuesto por el Código Agrario en vigor y satisface íntegramente las necesidades tanto individuales como colectivos de los vecinos peticionarios, el Ejecutivo de mi cargo estima que es de aprobarse en sus términos y por lo tanto, RESUELVE:

PRIMERO.- Es procedente la dotación de ejidos solicitada por los vecinos del poblado de “EL AZULEJO”, Municipio de Valles, de este Estado, en escrito de fecha 30 de enero de 1939.

SEGUNDO.- Se aprueba en todas sus partes el dictamen emitido en este expediente por la Comisión Agraria Mixta y debidamente aprobado por la misma.

TERCERO.- Es de dotarse y se dota a los vecinos del poblado de “EL AZULEJO”, con una superficie total de 700.72.52 Hs. (SETECIENTAS HECTAREAS, SETENTA Y DOS AREAS, CINCUENTA Y DOS CENTIAREAS), que se tomarán de los predios y en la proporción siguiente: Del predio “EL CARPINTERO”, propiedad de Inocente Ramiro, 200.00.00 Hs. de agostadero con un 40% laborable; del predio del señor Archivaldo Yearwood 67.80.00 Hs. de terrenos laborables de temporal; del predio que es propiedad indivisa de los menores Elena, Mercedes y Romualdo del Campo Curiel, 90.50.00 Hs. laborables en un 40%; y del predio propiedad del Gobierno del Estado, que forma parte del Lote número 11 del ex Condueñazgo de “Tantute”, 342.42.52 Hs. de terrenos de agostadero para cría de ganado, pasando a poder del poblado beneficiado con todas sus accesiones, usos, costumbres y servidumbres y localizándose de conformidad con el plano-proyecto que aprueba la Comisión Agraria Mixta.

Con los terrenos laborables que se encuentren diseminados dentro de la superficie total concedida, se formarán 23 parcelas ejidales (inclusive la escolar reglamentaria), dejándose los de agostadero para usos comunales de los mismos beneficiados.

CUARTO.- Publíquese esta Resolución en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y devuélvase, junto con el expediente respectivo, a la Comisión Agraria Mixta, para que se notifique y ejecute.

Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo Local, en San Luis Potosí, a los treinta días del mes de junio de mil novecientos cuarenta.

El Gobernador Constitucional del Estado, Gral. REYNALDO PEREZ GALLARDO.- El Secretario General del Gobierno, LIC. FELIPE CARDIEL REYES”.

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